La Ley de Segunda Oportunidad o mecanismo de segunda oportunidad es un recurso legal que permite tanto a personas particulares como a profesionales autónomos renegociar o incluso cancelar todas o parte de las deudas que hayan contraído en el pasado que, por cuestiones ajenas a su voluntad, no puedan hacer frente al pago.
La Ley de Segunda Oportunidad es una de las medidas de orden social más importantes que se han aprobado en los últimos años. Su finalidad principal es prestar ayuda a aquellas personas que han sido buenos pagadores pero que, por diversos motivos, se encuentran en una situación financiera complicada por el hecho de haber generado deudas que no pueden pagar. Un mecanismo que se ajusta mucho más a los intereses y que proporciona más derechos a este tipo de personas que el concurso de acreedores.
De esta forma, el deudor puede acogerse a la ley para superar una mala situación económica producida por un endeudamiento excesivo, pero sin dejar de pagar a los acreedores.
Este tipo de leyes, inspiradas por principios éticos, cumplen una doble función, tanto social como de efectividad del cobro, ya que, por un lado buscan dar una solución a la mala situación del deudor y, por el otro, intentan salvar el cobro de los acreedores en la medida de lo posible.
Es cierto que antes de la publicación de la Ley de la Segunda Oportunidad, las personas ya podían acudir al concurso de acreedores, pero, este mecanismo resulta mucho más beneficioso. Siendo una herramienta ideal para salir a flote de una situación de crisis en aquellos casos en los que el deudor posee un buen historial de crédito.
¿Cuáles son las ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo que va especialmente dirigido a los profesionales y autónomos que han contraído alguna deuda que los ha puesto en una complicada situación de bloqueo económico o sobreendeudamiento y de la que se ven incapaces de salir por sí mismos. Esto los coloca en las mismas condiciones que a las empresas que, hasta la aprobación de esta ley, eran las únicas que podían declararse en bancarrota. Esto la convierte en una de las leyes más importantes de nuestro país.
Los beneficios que pueden disfrutarse gracias a ella, son los siguientes:
• Volver a solicitar financiación.
• Volver a tener tarjetas de crédito.
• Desaparecer de los ficheros de morosos.
• Comenzar de cero.
Así pues, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, aquellas personas que han tenido un bache en sus finanzas no se verán obligadas a afrontar las deudas con su patrimonio presente y futuro.
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad es un recurso al que pueden acogerse tanto deudores particulares como profesionales autónomos, siendo el proceso muy similar en ambos casos. La única diferencia es que cuando el deudor es un particular, el procedimiento tiene que comenzarse ante notario, mientras que si el deudor es un autónomo, comenzará en la Cámara de Comercio o Registro Mercantil que corresponda.
Sin embargo, no pueden acogerse a esta ley las empresas, que cuentan a su disposición con el concurso de acreedores para resolver este tipo de situaciones.
¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad presta mucha atención al historial crediticio del aquellas personas que han contraído deudas y que se encuentran en situación de insolvencia. Hay que tener en cuenta que el objetivo de esta normativa no es que los deudores no tengan que pagar, sino que es más bien un auxilio para el deudor de buena fe que ha demostrado ser buen pagador a lo largo de su vida pero que está pasando por circunstancias complicadas.
Por este motivo, para poder acceder a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario que se cumplan una serie de requisitos que demuestren que la persona ha actuado de buena fe, además de no haber contraído una deuda superior a los cinco millones de euros. Estos requisitos son los siguientes:
• Que el concurso no es culpable. Esto es, que la situación de insolvencia no ha sido provocada por culpa grave o dolor.
• Que el deudor no ha sido condenado por delitos de carácter patrimonial, socioeconómicos o de falsedad documental en los últimos 10 años.
• Que ha pagado los créditos contra la masa y los privilegiados. Los primeros son aquellos que se hayan generado después de la declaración de concurso, como los honorarios del abogado o del notario; y los segundos son préstamos hipotecarios y deudas contraídas con las administraciones públicas, como la Seguridad Social y Hacienda. Este requisito incluso puede decaer si el deudor puede justificar que se ha hecho el intento de pagar.
• Que ha dicho la verdad sobre su insolvencia y no ha omitido o falseado documentos importantes para el proceso.
• Que acepta ser incluido en el Registro Público Concursal para que los acreedores que así lo deseen puedan conocer el estado en el que se encuentra.
• Que no ha disfrutado del beneficio de exoneración en la última década. Esto es, que no ha sido liberado de otras deudas por vía judicial en los últimos 10 años.
• Que ha intentado renegociar la deuda con los acreedores mediante un acuerdo extrajudicial.
• Que no ha rechazado ninguna oferta de trabajo relacionada con su formación y experiencia profesional en los últimos 4 años.
¿Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a la persona deudora empezar de nuevo, pero hay que mencionar que tendrá que dedicar todo el patrimonio que posea para hacer frente a las deudas. Una vez que su patrimonio haya sido liquidado, podrá presentar un acuerdo extrajudicial de pagos, donde podrá constituirse un plan de pago de las deudas que queden, incluyendo los aplazamientos y quitas que correspondan.
No obstante, suele ser bastante habitual que el acreedor y el deudor no consigan llegar a un acuerdo. Es cierto que la Ley de Segunda Oportunidad exige que se intente llegar a un acuerdo, pero si esto no es posible, no quedará más remedio que continuar el procedimiento por la vía judicial.
Así pues, la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad está basada principalmente en dos instituciones: el acuerdo extrajudicial de pagos y el beneficio de la exoneración.
Acuerdo extrajudicial de pago en la Ley de Segunda Oportunidad
El acuerdo extrajudicial de pagos tiene por objetivo la renegociación de los pagos con los acreedores para intentar alcanzar tomar una decisión conjunta que permita al deudor hacer frente al mayor porcentaje posible de la deuda. Por lo general, suelen incluirse aplazamientos, quitas o esperas, y suele marcarse un plan para que el pago pueda hacerse efectivo. La idea es que los acreedores no queden totalmente frustrados para que no intenten reclamar el pago posteriormente.
En cualquier caso, hay que destacar que este procedimiento siempre es supervisado por un juez que puede intervenir como mediador concursal si fuera necesario para intentar allanar el terreno. Además, durante este proceso, está prohibido comenzar a tomar medidas o continuar cualquier orden de ejecución sobre el patrimonio y los bienes del deudor, siendo el plazo de un máximo de 90 días.
Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho
Si mediante el acuerdo extrajudicial de pagos no consigue llegarse a buen puerto o las negociaciones resultan ser insuficientes, se pasaría a la fase del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Un mecanismo que la Ley de la Segunda Oportunidad para que el deudor pueda disfrutar de la cancelación de la deuda, ya sea toda o parte de ella.
Cuando se hayan liquidado los bienes del deudor, se procederá a la cancelación total o parcial de las deudas restantes. En este caso, será el juez el que, actuando como mediador y después de valorar la situación de ambas partes, determine de qué porcentaje de la deuda será liberado y qué cantidad deberá pagar sin más remedio.
Gracias al beneficio de exoneración, existe la posibilidad de recurrir a mecanismos como la dación para pago o la dación en pago. De esta forma, la Ley de Segunda Oportunidad se erige como una magnífica solución para aquellos que no hayan podido hacer frente a la hipoteca y que, después de haber entregado la vivienda, siguen teniendo una carga con el banco.
Obviamente, para que los deudores puedan beneficiarse de la aplicación de esta medida, deben demostrar que realmente no pueden pagar la deuda y que no se trata de algo voluntario. Si se cumplen estos requisitos, la persona titular de la hipoteca podrá disfrutar de la exoneración de la cantidad que queda por pagar del préstamo a cambio de hacer la entrega de la vivienda.
Además, hay que mencionar que, aunque en muchos casos es inevitable que el deudor pierda su vivienda, en otras ocasiones es posible llegar a un acuerdo con el banco para poder conservarla.
¿Las deudas se eliminan para siempre?
El beneficio de exoneración de deudas que se recoge en la ley trata de perdonar las deudas de aquellos que no puedan afrontarlas de ningún modo, ni son su patrimonio, ni con sus ingresos presentes o futuros. Pero hay que tener claro que no libera del pago de todas las deudas. Únicamente se procederá a la cancelación de aquellas deudas que no hayan podido ser saldadas después de que sus bienes hayan sido embargados.
No obstante, las deudas no desaparecerán de manera efectiva hasta que hayan transcurrido 5 años. Durante ese periodo no se tendrán que pagar, pero la Ley de Segunda Oportunidad establece que el caso puede ser revisado a petición de los acreedores. Por ejemplo, si creen que el deudor no ha actuado de buena voluntad.
Los acreedores pueden solicitar la revocación del BEPI cuando se considere que la Ley de Segunda Oportunidad está siendo usada de manera abusiva para liberarse de las deudas. Y es que, como decíamos antes, el deudor debe haber actuado de buena fe para poder acogerse a la ley. Los requisitos para ello son los siguientes:
• Que el deudor haya incurrido en situaciones que hubieran excluido la aplicación de este beneficio.
• Que las circunstancias económicas hayan mejorado de manera que el deudor pueda hacer frente a la deuda.
• Que se hayan incumplido los compromisos del plan de pagos.
• Si se descubre que hay bienes, ingresos, patrimonio o derechos que se habían ocultado.
Eso sí, si la concesión del BEPI es definitiva, únicamente podrá revocarse si en los últimos años se verifica que ha habido bienes, ingresos o derecho del deudor que se han ocultado, a excepción de aquellos que, por cualquier motivo, no puedan ser embargados. Para situaciones provisionales, se tendrán en consideración otros motivos establecidos en la ley.
En lo que respecta al futuro, aquellos que se hayan beneficiado de la Ley de Segunda Oportunidad, no podrán volver a hacerlo si el concurso se solicita dentro de los 10 años posteriores.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad para deudas de Hacienda y la Seguridad Social?
Al principio, la Ley de Segunda Oportunidad no daba la posibilidad a los autónomos de conseguir la cancelación de las deudas contraídas con la Hacienda Pública, la Seguridad Social o cualquier otra institución de las Administraciones Públicas. Con lo cual, el empresario autónomo no podían disfrutar plenamente de todos los derechos de la segunda oportunidad por no poder liberarse de este tipo de deudas.
No obstante, en julio de 2019, una sentencia del Tribunal Supremo permitió ampliar los límites de la Ley de Segunda Oportunidad, de modo que los autónomos pueden conseguir la reducción de hasta un 70% de las deudas que mantengan con los organismos públicos, con la posibilidad además de fraccionar la deuda restante a lo largo de los 5 años posteriores.
Esta sentencia ha cambiado por completo los derechos del empresario autónomo en este sentido, que ahora puede acogerse a este procedimiento legal para comenzar de nuevo, tanto para deudas con la administración pública como para hipotecas, préstamos rápidos o tarjetas revolving, por ejemplo. Eso sí, siempre que las deudas no sumen cinco millones de euros en su conjunto y que haya hecho siempre las cosas de buena fe.
¿Cuánto dura el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?
La duración del procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad puede variar considerablemente según el volumen de las deudas y las características de cada caso en concreto. No obstante, lo normal que se alargue entre unos pocos meses para casos más fáciles y un año para casos más complicados o en ciudades donde los juzgados tengan más trabajo.
Para la persona que ha contraído las deudas y cuyo patrimonio está en juego, puede llegar a ser una eternidad, pero la ventaja es que mientras dure el proceso, los acreedores no pueden continuar reclamando nada, por lo que está protegida y sus bienes no pueden ser embargados.
Con lo cual, recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad es, en cierto modo, una bomba de oxígeno para el deudor, que no tiene que afrontar sus deudas hasta que el expediente se haya cerrado.
Cuando comienza el proceso ante notario (para particulares) o ante la Cámara de Comercio o el Registro Mercantil (para autónomos), según la cantidad de acreedores y la buena fe de alcanzar un acuerdo entre ambas partes, la fase de acuerdo extrajudicial puede alargarse entre 2 y 6 meses.
Si el intento de acuerdo fracasa, se procederá entonces a abrir el procedimiento judicial, que suele durar un mínimo de 6 meses. No obstante, depende mucho del volumen de trabajo que tengan los juzgados, de lo complicado que sea el caso y de la cantidad de bienes que haya que liquidar para saldar la deuda.